¿Qué debo hacer si soy víctima de discriminación y/o acoso en la Santoto?
Víctima
discriminación
¿Qué debo hacer si soy víctima de discriminación y/o acoso en la Santoto?
¿Qué es el Comité Institucional de Atención y Prevención del Acoso (CIAPA)?
El CIAPA es el órgano responsable de desarrollar y coordinar las acciones para afrontar situaciones de acoso y discriminación en las diferentes sedes y seccionales de la Universidad Santo Tomás. Su creación está respaldada por los Acuerdos No. 60 de 2018 y No. 17 de 2019 , y debe constituirse en cada sede y seccional.
¿Quiénes lo conforman?
El CIAPA está compuesto por:
- Un psicólogo del servicio de atención psicológica.
- Un delegado del Director de Talento Humano.
- El Director del Consultorio Jurídico.
- El Director de la Unidad de Atención Integral Estudiantil, o su delegado.
- El Director de Promoción y Bienestar Institucional, o su delegado.
- El Director de Evangelización y Cultura, o su delegado.
¿Qué Funciones Realiza El Comité?
01
El comité en conjunto solo tendrá la responsabilidad de emitir recomendaciones del caso de denuncia.
02
El comité entregará al área jurídica el informe y resultado de la investigación cuando el caso de la denuncia vaya enfocado a una solución de esta naturaleza; y deberá tener la asesoría adecuada con expertos u organismos correspondientes.
03
Los integrantes del comité podrán recibir las quejas y denuncias.
d. El comité en su conjunto podrá investigar, recopilar y evaluar el fundamento de la denuncia del caso. Así como informar y opinar sobre la evidencia y fundamento de la denuncia; el comité no emite sanciones.
04
Determinar un proceso para poder tratar, asegurando que tanto la persona afectada como el denunciado tengan la oportunidad de hablar, presentar su defensa y explicar la situación.
05
Establecer los mecanismos más apropiados y efectivos para dar el seguimiento y solución a cada caso en particular, así como la explicación de las razones por las cuales se tomó esa decisión para el trato del caso.
06
Adelantar las pruebas pertinentes que soliciten las personas vinculadas, y llevar a cabo cualquier investigación de oficio que sea necesaria.
h. Decidir si la denuncia tiene un fundamento y evaluar su evidencia después de la investigación realizada.
07
Remitir las actas sin violar el régimen de confidencialidad, lo cual solo será procedente cuando fuere solicitada por autoridad judicial o administrativa, en ejercicio de sus funciones.
08
Promover un ambiente de respeto y armonía al interior de la Comunidad Universitaria.
09
Orientar a las personas afectadas sobre otras vías disponibles, como la denuncia ante las instituciones públicas y acciones con otros organismos que pudieran corresponder para el manejo del caso.
10
Garantizar que tanto la persona afectada como la denunciada hayan sido informados por escrito de los resultados de la investigación y cualquier otra acción que se fuera a llevar a cabo como conclusión del caso.
Nuestros Contactos

@inclusionsantotocol (@inclusionsantotocol)
Cuenta oficial de la Dirección estratégica multicampus responsable del proceso de Género e Inclusión de la Universidad Santo Tomás.
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